Concepto: Es un documento, por el cual una
persona, ordena a otra, el pago de una determinada cantidad de dinero en una
fecha establecida o a su vencimiento.
Requisitos:
- La denominación "letra de cambio".
- La orden de
pagar una suma determinada.Esta orden no puede estar sujeta a
la condición de que suceda un hecho futuro o incierto.Por otra
parte, si la cantidad a abonar reflejada en letra no coincide con la
expresada en números, la cantidad indicada en letras prevalecerá sobre la
indicada en cifras.
- Nombre, apellido y dirección del
que debe pagar.
- La fecha de vencimiento.
- Lugar donde el pago debe
efectuarse.
- Nombre y apellido del
beneficiario.
- Lugar y fecha donde se emitió.
- Firma del librador.
Descuento de la letra de cambio:
Es la presentación de la letra de cambio en un banco o entidad financiera
para hacer efectivo su importe antes de la fecha que figura en la
misma como de vencimiento. El banco abonará el importe de la letra de
cambio menos los intereses que se devenguen desde el momento del pago
hasta la fecha del vencimiento, así como una cantidad establecida en concepto
de comisión.
Forma de letra de cambio:Se debe expedir en impreso oficial o
timbre emitido por el Estado, y su importe estará en proporción a la cuantía
que se refleja en la misma.
Diferencia entre Letra de Cambio y Pagaré:
- El
pagaré es un documento privado firmado entre dos personas, en cambio la
letra de cambio es un documento oficial timbrado por el Estado.
- En el
pagaré es el propio deudor quien lo emite, mientras que en la letra de
cambio esa responsabilidad recae en el acreedor.
- El
pagaré se extiende como una promesa de pago, mientras que la letra de
cambio es una obligación.
Modelo
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